La visa es un documento que te piden los países a los cuales tú quieras ir tanto como estudiar como trabajar, el cual demuestra que vas a estar un tiempo superior de 90 días por motivos educativos, es necesario para estar de forma legal.
Normativa básica
Existen tres tipos de normativas básicas, la Directiva del Consejo que recoge la ley relativa a la admisión de estudiantes, intercambios, prácticas no remuneradas o servicios voluntarios.
La Ley orgánica trata sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social y por último el Reglamento de la ley orgánica.

Requisitos
- No ser ciudadano de la Unión Europea ni del espacio económico de la Unión Europea o del espacio económico de Suiza, ni familiares ciudadanos de la Unión Europea.
- No tener prohibida la entrada a España, ni tampoco tener problemas en los países con los que España tenga firmado convenio.
- Tener capacidad o medios suficientes para poder mantenerse tanto en el país o para posteriormente la vuelta al suyo o en caso de estudiantes el de sus familiares:
- Para su mantenimiento mensual el 100% del IPREM, menos cuando tenga abandono y pueda acreditarlo de antemano.
- En caso de familiares, mensualmente el 75% del IPREM, para el primer familiar y el 50% para las demás personas, menos cuando acredite de antemano el abandono
- Contratar un seguro privado o público de enfermedad en aseguradoras legales que trabajen en España.
- Los estudiantes menores de edad deberán tener una autorización de sus padres o de sus tutores legales, que tengan conocimiento del centro educativo, organización
- entidad y del tiempo que el estudiante esté en el país.
- Previamente tendrá que haber sido admitido por un centro académico en España para poder obtener el título y demostrar que está en España por estudios. Si la estancia es superior a seis meses:
- Mayores de edad, no tener antecedentes penales en España ni en sus países de antigua residencia en un periodo anterior de 5 años.
- No tener ninguna enfermedad que pueda poner en riesgo la salud pública del país.

Documentación exigible
Un punto importante es que se deberá aportar copias de la documentación y enseñar la original en el momento de la solicitud
- La documentación pertinente que deberás enseñar es la siguiente:
- Impreso de la solicitud de visado nacional, el documento original unacopia y firmado por la persona que demande el visado o en caso de ser menor su representante legal. El impreso lo puedes conseguir en esta página www.maec.es.
2. Pasaporte completo y vigente o título de viaje, tiene que estar reconocido en España, tiene que tener una vigencia como mínimo del periodo de tu estancia en el país
3. La documentación debe estar acreditada de disponer de medios económicos suficientes para poder mantenerte en tu periodo de estanciaen el país.
4. En caso de ser menor de edad el estudiante, documento firmado por los padres o por el tutor legal que acredite de su conocimiento del centro,organización entidad.
5. Disponer de seguro médico legal en el país.
6. Documentos que acrediten tu admisión en el centro educativo.
7. Estancia superior a seis meses:
- Certificado médico
- Si es mayor de edad, certificado de antecedentes penales hecho por las autoridades de su país de origen.

Importante, a la hora de presentar documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde quieras presentar la solicitud.
El documento deberá ser legalizado por la Oficina Consular de España con la jurisdicción en el país en el que se ha pedido el documento.
Procedimiento
- El estudiante deberá presentar el mismo el documento, si es menor de edad sus padres, su tutor legal o representante debidamente acreditado.
- Se deberá presentar la documentación en Misión diplomática u oficina consular de España en su rular de residencia.
- La tasa del visado deberá ser abonada al momento de la solicitud.
- El plazo máximo de resolución del visado es de un mes empezando a contar desde el día siguiente de la presentación de documentos, si en un mes no has obtenido respuesta se podrá dar la solicitud como denegada por silencio administrativo.
- Una vez el visado ha sido concedido se recogerá en un plazo de dos meses desde que te llega la notificación de aprobación, si no efectúas la recogida se dará a entender que el interesado ha renunciado al visado y se archiva el procedimiento.

- El tiempo de la estancia se concederá dependiendo de los estudios que vayas a realizar, con tiempo máximo de un año.
- En caso que el tiempo de estancia tenga que ampliarse más de seis meses, el estudiante deberá pedir su tarjeta de identidad de extranjero con un plazo de un mes
desde su entrada a España, podría pedir esta tarjeta en la policía, en la Oficina de extranjería o donde haya pedido la acreditación.
- El estudiante deberá enseñar su pasaporte o título de viaje y aportará, la solicitud de tarjeta de extranjero, justificante del abono de la tasa de la tarjeta y una foto en color reciente tamaño carnet.
- Podrá venir acompañado de sus familiares el estudiante, también puede ser autorizado para realizar actividades lucrativas por su cuenta o por cuenta propia, siempre y cuando sea compatible con los estudios y sea para sustentar su estancia en el país.

Familiares
- Los familiares que no objetivamente capaces de realizar sus propias necesidades por su salud, pueden obtener la autorización para entrar y quedarse legalmente en España con el estudiante en el periodo que él esté estudiando.
2. Para presentar la solicitud del visado tiene que ser el familiar del estudiante personalmente.
3. Se deberá presentar la documentación pertinente en Misión diplomática u en la oficina consular española en su país de origen.
4. Solicitud de visado del familiar, se puede solicitar a la misma vez que el estudiante o en cualquier momento después del periodo de validez de la autorización del estudiante.
5. Se deberá acreditar que cuenta con medios económicos suficientes para su mantenimiento y la unidad familiar en España.
6. La autorización estará vinculada a la del estudiante y podrá estar en España el tiempo que esté el estudiante.
7. Si los familiares deciden quedarse más de seis meses tendrán que pedir una tarjeta de identidad de extranjero.
8. Los familiares no podrán realizar actividades lucrativas en ningún caso.

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